Restricción de la Escritura
De acuerdo a la sección 510(e) de el Acta de Vivienda del 1949, como
amendado, 42 U.S.C. y 1480(e), el comprador ('Cesionario') de la propiedad
descrita anteriormente (la 'propiedad sujeta') pacta y está de acuerdo con los
Estados Unidos actuando por y a través de Desarrollo Rural ('Cesionista') que
la unidad localizada en la propiedad sujeta en el día de esta Restricción de
la Escritura no va a ser ocupada o utilizada para residencia hasta que los
artículos listados al final de este párrafo se hayan corregido. Este pacto
debe ser atado al cesionario y a los herederos del cesionario, asignados y
sucesores y va a ser interpretado como ambos un pacto con la propiedad sujeta y
como servidumbre equitativo. Este pacto va a ser obligado por los Estados Unidos
en cualquier corte de jurisdicción competente. Cuando la propiedad cumpla con
los siguientes requisitos de Desarrollo Rural o la unidad(es) se haya demolido,
y la solicitud se reciba en la oficina de Desarrollo Rural de acuerdo con sus
regulaciones, la propiedad sujeta puede ser liberada de los efectos de este
pacto, y este pacto no se va a imponer o va a estar en efecto. La propiedad debe
ser reparada y/o renovada, y/o lo siguiente debe ser sometido a la oficina de
Desarrollo Rural:
Certificado de Ocupación o Certificado de Aceptación de la municipalidad
local.
Certificación de Detector de Fuego.
O
Certificaciones para lo siguiente: Plomería, Calefacción, Electricidad,
Insulación, Agua (Privada), Pozo Séptico (si no es público), Plagas, Paredes
contra fuego, y Paredes compartidas (si está conectada a otra unidad),
Certificado de Conformidad de Detector de Fuego.
Certificaciones
Todas las casas existentes deben ser estructuralmente y funcionalmente
adecuadas.
Todas las certificaciones deben identificar la propiedad, la fecha de la
inspección, el nombre, la dirección, el número de teléfono, número de
licencia de la firma que está haciendo la certificación y el individuo
calificado que está haciendo la inspección.
Certificaciones van a ser performadas por una firma calificada con licencia
de New Jersey, individuos, oficiales de inspecciones o por la Junta de Salud.
ELECTRICIDAD se requiere 100 AMP de servicio
Información aceptable: Esta inspección revela que el sistema cumple con los
códigos establecidos por la jurisdicción; que todos los alambrados están
apropiadamente instalados y están en buenas condiciones y que el servicio es
adecuado para la carga de electricidad que transporta.
CALEFACCION
Información aceptable: Esta inspección revela que el sistema de calefacción
está funcionando apropiadamente, que es consistente con el código establecido
por la jurisdicción, y es capaz de proveer calefacción adecuada a todos los
cuartos habitables de la casa.
PLOMERIA
Información aceptable: Esta inspección revela que el sistema de plomería
está funcionando apropiadamente y es consistente con los códigos establecidos
por la jurisdicción. El suministro de agua debe ser capaz de suplir un flujo de
5 galones por minuto en una hora.
AGUA Privada solamente
Una muestra tiene que ser procesada en el laboratorio y pasar todos los
requisitos establecidos por el Departamento de Salud. Un reporte original del
resultado es requerido.
POZO SEPTICO
Información aceptable: Esta inspección revela que el sistema de pozo séptico
está funcionando apropiadamente y es consistente con los códigos establecidos
por la jurisdicción.
PLAGAS
Información aceptable: Esta inspección revela que las premisas están libres
de plagas y de otros insectos que destruyen madera y que cualquier daño previo
ha sido corregido. La compañía exterminadora debe tener licencia.
TERMAL (1924-A, Exhibición D)
INSULACION
Techo U.03 (R-30)
Paredes U.05 (R-19)
Pisos U.05 (R-19)
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE DETECTOR DE FUEGO (CSDC)
El certificado es mandatorio para todas las casas existentes y debe ser obtenido
antes de cambiar la ocupación en la casa.
PAREDES CONTRA FUEGO Y PAREDES COMPARTIDAS
Casas con ocupaciones residenciales en Grupo R-2 y R-3 deben estar de acuerdo
con los Códigos Nacionales de Edificios BOCA/1996 Sección 707.6.2.
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