PROGRAMA DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDA RURAL GARANTIZADA
OBJETIVO:
Provee asistencia hipotecaria para familias de ingreso bajo y
moderado a través de préstamos garantizados hechos por prestamistas hipotecarios
aprobados bajo el programa piloto especial de rehabilitación. Los préstamos son para
la adquisición y reparación de (título simple) casas existentes simples de familia
en áreas rurales elegibles.
PRESTAMISTAS APROBADOS ELEGIBLES:
Aurora Financial Group, Inc.
Attn: Mr. Gino Brown
9 Eves Drive, Suite 190
Marlton, NJ 08053
Teléfono: (856)596-6200 Extensión: 153
The Huntington Mortgage Company
Attn: Mr. Peter N. Olivieri
32 Collins Lane
P.O. Box 547
Chester, NJ 07930
Teléfono: (908)879-8880
CUOTA DE GARANTÍA:
El prestamista paga una cuota sin reembolso basada en la cantidad
del préstamo, que puede ser transferida al cliente. La cuota se revisa períodicamente
por USDA.
CUÁL ES LA CANTIDAD MÁXIMA DEL PRÉSTAMO- AL COEFICIENTE DEL VALOR:
La cantidad máxima no puede exceder un 100 porciento del valor
"con las mejoras" como determinado por una tasación que es determinada a cumplir
con los requisitos del programa de Vivienda Rural garantizado (GRH).
COSTO MÁXIMO DE REHABILITACIÓN:
El costo máximo de rehabilitación no puede exceder 20% de los
límites de hipotecas simple de familia establecidos por FHA/HUD para una propiedad
en las áreas de alto costo.
Los gastos elegibles para ser incluídos en el costo de la
rehabilitación son materiales, mano de obra, reserva (hasta un 10%), gastos generales
y ganancia de la construcción (incluir cada artículo), hasta 4 meses de los pagos de
la hipoteca, más los gastos relacionados con la rehabilitación como permisos, cuotas,
cuotas de inspección por un inspector calificado, licencias, cuotas de inspección
durante la construcción por el inspector del prestamista, cuotas de protección contra
gravamen por títulos puestos al día y cuotas de arquitectura e ingeniería.
Mejoras elegibles
La hipoteca debe utilizarse en parte para la rehabilitación y/o mejoras a la propiedad.
Al terminarse la rehabilitación, la propiedad debe cumplir con los requisitos actuales del Manual de HUD 4150.2,
como revisado.
El requisito mínimo para mejoras elegibles en casas existentes es $5,000, y debe incluir
uno o más de los siguientes artículos:
- Modernización, reconstrucción, y alteraciones a la estructura
- Eliminación de peligros de salud y seguridad
- Cambios de apariencia estética y la eliminación de obsolencia
- Reemplazo o acondicionamiento de plomería, calefacción, aire acondicionado o sistemas eléctricos
- Techos, goteras y tuberías de drenaje
- Piso, alfombras y azulejos
- Mejoras para la conservación de energía
- Mejoras en accesibilidad para impedidos
- Trabajos mayores de jardinería y mejoras del terreno, patios, y terrazas que aumentan el valor de
la propiedad igual a el valor invertido en las mejoras o requerido para preservar la propiedad contra la erosión.
- Construcción o rehabilitación de garajes separados o unidos a la casa existente
(si es permitido por la ordenanza local)
- Estufas y neveras nuevas y otros enseres (Enseres usados no son elegibles)
Mejoras no elegibles
Artículos de lujo y mejoras que no son parte permanente de la propiedad no son elegibles
como costo de rehabilitación. Los artículos mencionados a continuación (pero no limitados a esta lista) no son
aceptables bajo este programa piloto, incluyendo la reparación de uno de los siguientes:
Hoyos para barbacoa; casas de baño; montaplatos; bañeras exteriores, saunas, spas, y baños de remolino;
chimeneas exteriores o en el hogar; murales de fotografías; piscinas; antenas de televisión y platos satélites;
cancha de tenis; cortar árboles. Alteraciones y adiciones para proveer para el uso comercial no son elegibles.
ÁREAS RURALES ELEGIBLES
Refiérase al manual de información de Desarrollo Rural (RD) y/o a los mapas oficiales
delineando las áreas rurales disponibles en la Oficina Estatal (RD) o cualquiera de las oficinas locales en
donde la propiedad se encuentra localizada. Además, los bancos aprobados tienen copias de los mapas oficiales.
TÉRMINOS E INTERESES
Las hipotecas deben ser a un interés fijo por un período de 30 años y deben cumplir con las
regulaciones de la Agencia. Se le fomenta a los bancos que aseguren los intereses.
ELEGIBILIDAD DEL SOLICITANTE - CRITERIO GENERAL
- El ingreso debe ser adecuado, dependiente y que cumpla con los límites y regulaciones establecidos por
la Agencia.
- Coeficiente para pagar el préstamo:
- Principal, interés, impuestos y seguro (PITI) no puede exceder un 29.0 porciento, y
- Obligaciones mensuales (MOTI) no puede exceder 41.0 porciento, incluyendo el PITI.
- Historial de crédito satisfactorio.
- Va a ser el dueño y va a ocupar la propiedad.
- Ser ciudadano de los Estados Unidos o ser admitido legalmente en los Estados Unidos con residencia permanente.
(Refiérase a las regulaciones para los requisitos de elegibilidad)
LLAME A LA OFICINA LOCAL QUE SIRVE SU ÁREA PARA INFORMACIÓN ADICIONAL
DEL PROGRAMA PILOTO DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDA RURAL GARANTIZADA
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